Todos los profesionales sanitarios susceptibles que puedan estar expuestos a pacientes con rubéola o que atiendan a mujeres embarazadas, así como a personas que trabajan en instituciones educativas o proporcionar cuidado infantil, deben estar inmunizados con 2 dosis de triple vírica (TV) para prevenir infección por sí mismos y para prevenir la transmisión de la rubéola a las mujeres embarazadas.
Si existe evidencia documental de vacunación con dos dosis de TV administradas con un intervalo de al menos 4 semanas, se debe de dar por correctamente inmunizado frente a rubeola sarampión y varicela aunque la serología sea negativa. Si la referencia documental es de una sola dosis, debe de completar la inmunización frente a rubéola con una dosis más de la vacuna TV.
Se consideran inmunes a la rubéola los trabajadores sanitarios con al menos una de las dos condiciones siguientes, no siendo necesario en ellos, por tanto, realizar serología:
– Documentación escrita de haber recibido dos dosis de vacuna frente a la TV.
– Evidencia de inmunidad por el laboratorio.